martes, 19 de julio de 2011

¿Propuestas serias o simples formalismos?

Por: Felipe Roa

Quedaron atrás dos importantes pasos del ciclo electoral 2011, la inscripción de cédulas y la consulta de partidos y movimientos políticos. A diferencia de estos pasos que culminaron, la fase que sigue ahora no se medirá en términos de cantidad si no de calidad. Por una parte se dará inicio a las campañas políticas el 30 de Julio y por otra, la inscripción oficial de candidaturas junto con programas de gobierno ante la Registraduría Nacional del Estado Civil hasta el 10 de Agosto.
Las personas que aspiran a ser elegidas alcaldes o gobernadores deben, junto con su candidatura, inscribir un programa de gobierno. Recordemos que un programa de gobierno es el proyecto político de candidatos y candidatas. Es el documento que contiene la ideología, visión y principales programas que el candidato pone a consideración de la ciudadanía para su elección, y es la base para la elaboración de planes de desarrollo en caso de ser elegidos. El Departamento Nacional de Planeación ofrece una guía (http://bit.ly/lRoUVu) que orienta la construcción y elección de estos documentos.
Conociendo la importancia de la elaboración de propuestas pertinentes que permitan a municipios y departamentos avanzar hacia mejores condiciones de vida, es importante preguntarse si los equipos de campaña se toman esto en serio. Los programas de gobierno se pueden abordar como un formalismo de inscripción de candidaturas o como la oportunidad de realizar propuestas serias y pertinentes a la ciudadanía. Por una parte, el programa de gobierno se puede ver simplemente como un requisito y, como lo han hecho varios candidatos en el pasado, presentar un documento escueto con dos o tres ideas sin mucho contenido. Por el contrario, si se le da la importancia del caso, estos documentos, deberían ofrecer una lectura que claramente identifique los principales retos y prioridades de municipios y departamentos, y ofrezca propuestas programáticas concretas, pertinentes y viables para la superación de dichos retos.
Ciudadanos y ciudadanas también juegan un papel importante en esta etapa. Una ciudadanía responsable y activa, debería conocer en detalle las propuestas de los candidatos y elegir la que consideren más apropiada. Esto es lo que se llama el voto programático. Si bien es importante fijarse en la experiencia, formación y sobre todo transparencia de los candidatos, también es clave fijarse en las propuestas de gobierno que realizan. Desafortunadamente la ciudadanía no siempre ha hecho la tarea de conocer las propuestas de gobierno. Muchas veces se vota con otros criterios. O peor aún, se cometen delitos como la compra de votos o el engaño a electores.
Un buen debate electoral debería girar en torno a la calidad de propuestas de quienes aspiran a gobernar, y no alrededor de rumores o señalamientos que desvían la atención de los electores. Falta poco tiempo para conocer las propuestas de candidatos y candidatas. Está por verse si el programa de gobierno hace parte central y estructural de las campañas a alcaldías y gobernaciones, o si veremos por el contrario campañas vacías y sin contenidos.

sábado, 9 de julio de 2011

Así se inscriben las candidaturas que van respaldados por firmas

Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Tienen derecho a elegir y ser elegidos, a tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendo, consultas populares y otras formas de participación ciudadana. Así mismo, a construir partidos, movimientos y agrupaciones políticas, a formar parte de ellos libremente y a difundir sus ideas.
Con la Ley 130 de 1994  se da inicio a la conformación de los grupos significativos de ciudadanos en Colombia como otra forma de participación en los certámenes electorales. De acuerdo con el artículo 9 de dicha Ley, los grupos de ciudadanos que reúnan el número de firmas correspondiente al 20% del resultado de dividir el censo electoral de la circunscripción entre el número de cargos a proveer, también podrán postular candidatos”.
De esta forma, todos los candidatos que no cuentan o no desean contar con el aval de un partido o movimiento político, pueden recoger firmas y deberán otorgar al momento de la inscripción una póliza de seriedad de la candidatura por la cuantía que fija el Consejo Nacional Electoral, la cual no podrá exceder el equivalente al 1% del Fondo que se constituya para financiar a los partidos y movimientos en el año correspondiente.
La póliza debe estar constituida a favor del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, representada en una póliza de garantía, otorgada por una compañía de seguros o una garantía bancaria o de instituciones autorizadas por la Superintendencia Financiera con una vigencia de seis 6 meses.
Póliza de seriedad

De acuerdo con la Resolución 0003 del 13 de enero de 2011, expedida por el Concejo Nacional Electoral, las pólizas de seriedad para la inscripción de candidatos por movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos son:

Candidatos a gobernaciones y asambleas departamentales:
- En departamentos con población igual o superior a 700.001 habitantes, el equivalente a 500 salarios mínimos legales vigentes.
- En departamentos con población igual o inferior a 700.000 habitantes, el equivalente a 400 salarios mínimos vigentes.
Candidatos a alcaldías y concejos municipales y distritales:
-En Bogotá, D.C., el equivalente en dinero a 500 salarios mínimos mensuales vigentes.
- En municipios con población igual o superior a 100.001 habitantes, el equivalente a 400 salarios mínimos mensuales vigentes.
- En municipios con población igual o inferior a 100.000 habitantes, el equivalente a 200 salarios mínimos mensuales vigentes.
Candidatos a Juntas Administradoras Locales
- El equivalente en dinero a 100 salarios mínimos mensuales vigentes.
Esta garantía se hará efectiva si el candidato o la lista de candidatos no obtienen al menos la votación requerida para tener derecho a la reposición de los gastos de la campaña. Estos candidatos deberán presentar para su inscripción el número de firmas necesarias para apoyar la candidatura.
Número de firmas
Las firmas que se recojan como apoyo a la candidatura, respaldarán toda la lista. El número de firmas corresponde a 20% del resultado de dividir el número de ciudadanos aptos para votar entre el número de puestos a proveer así: 

Contenido del formato de recolección de firmas
Encabezado: El formato debe tener un encabezado donde se indique claramente el objetivo de la recolección de apoyos y el nombre del grupo de ciudadanos que va a representar, el cual será el mismo con que aparecerá en la tarjeta electoral. 
Número de consecutivo: Debe tener un consecutivo que permita establecer la cantidad de firmas presentadas.
Nombres y apellidos: Al anotar los datos del firmante se tendrá en cuenta que dicha información debe ser diligenciada a puño y letra por el ciudadano.
Número de cédula: Sólo podrán apoyar la candidatura ciudadanos mayores de edad,  y al igual que los nombres y apellidos deben ser anotados por el ciudadano.
Firma del ciudadano: como afirmación al respaldo de los candidatos o lista de candidatos.
Logosimbolo de la campaña: al momento de la inscripción debe aportar un logo que identifique la campaña para efectos de la tarjeta electoral.
Nombre del movimiento: mediante el cual se denominará el movimiento para las tarjeta electoral, campaña política, reposición de gastos  y curules asignadas.
Los formatos para la recolección de firmas se pueden descargar de la página Web de la Registraduría www.registraduria.gov.co y pueden ser reproducidos cuantas veces sea necesario. No se aceptan fotocopias ya que todos los apoyos deben ser presentados en original.
Reforma política
El pasado 23 junio la Corte Constitucional terminó el estudio de la Reforma Política, entre los artículos declarados exequibles está el 31 que contempla cambios al proceso de modificación de inscripciones, asi:

ARTÍCULO 31. Modificación de las inscripciones. La inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular sólo podrá ser modificada en casos de falta de aceptación de la candidatura o de renuncia a la misma, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de las correspondientes inscripciones.
Cuando se trate de revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción, podrán modificarse las inscripciones hasta un (1) mes antes de la fecha de la correspondiente votación.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 190 de la Constitución, en caso de muerte o incapacidad física permanente podrán inscribirse nuevos candidatos hasta ocho (8) días antes de la votación. Si la fecha de la nueva inscripción no permite la modificación de la tarjeta electoral o del instrumento que se utilice para la votación, los votos consignados a favor del candidato fallecido se computarán a favor del inscrito en su reemplazo.
La muerte deberá acreditarse con el certificado de defunción. La renuncia a la candidatura deberá presentarla el renunciante directamente o por conducto de los inscriptores, ante el funcionario electoral correspondiente.

martes, 5 de julio de 2011

EL NUEVO SIGLO: IMPORTA MÁS LA CALIDAD QUE LA CANTIDAD DE PARTIDOS

Importa más la calidad que la cantidad de partidos
Entrevista profesor Manuel Alcántara

Martes, 05 de Julio de 2011 00:00

Si son de calidad, "poco importa que tengamos 10 partidos políticos o solo dos".

Por Armando González
Periodista de EL NUEVO SIGLO


"LA CUESTIÓN en mi opinión no es tanto el número como la cohesión interna de esos partidos", tanto en sus programas como en la continuidad de sus directivas y principales cuadros, le manifestó a este Diario el profesor Manuel Alcántara, catedrático de la Universidad de Salamanca, reconocido como experto en temas de elites parlamentarias, partidos políticos y poderes legislativos en América Latina.


EL NUEVO SIGLO: Usted defiende la existencia de políticos profesionales. ¿Eso no riñe con el acceso de cualquier ciudadano a la política?
MANUEL ALCANTARA: Cualquier ciudadano puede intervenir en política, pero lo que es claro es que cuando se empieza a introducir uno en política, si realmente quiere hacer las cosas bien y si realmente quiere proyectar su actividad en un determinado futuro, termina convirtiéndose por alguien profesional.
Esto es semejante a muchas actividades del ser humano. Alguien que se dedica a escribir, si se da cuenta que lo está haciendo bien y quiere dedicarle más horas, al final termina siendo un profesional de la escritura; entonces es un escritor profesional.


ENS: Habrá que mejorar la percepción que se tiene de la política y los políticos…
MA: La política como profesión no la debemos ver como algo pernicioso para un ciudadano común y corriente, sino como algo que es una senda de alguien que tiene una determinada vocación, una determinada inquietud y que comulga con un conjunto de ideas que, a su vez, son representadas por un determinado partido político. Entonces esta persona empieza a dedicarle más tiempo, empieza a recibir unas remuneraciones, unas contraprestaciones económicas y eso les lleva a convertirse en un político profesional.


ENS: Pero, eso no es muy bien visto…
MA: La realidad es que la expresión "político profesional" para todos nos suena muy mal; pero a nadie le suena mal que haya un escritor profesional, que haya un cantante profesional o un periodista profesional. Entonces mi posición es que esto, que es natural y que en muchos casos es conveniente, debe ser reconducido por partidos políticos y no permitirse que existan políticos profesionales por libre, que anden inventando cada día una historia.
El partido político lo que hace es seleccionar a los mejores; segundo, darles una formación; y tercero, de alguna manera, encausarles en política. Allí hay relación que es complicada. Yo no digo que sea fácil.


ENS: Ahí entramos en el debate sobre si es más conveniente qie existan muchos o pocos partidos…
MA: Sobre el tema del número de partidos no hay tampoco una posición definitiva sobre qué es mejor.
Yo ceo que la respuesta correcta es que el número de partidos está en función de lo compleja que es una sociedad, pero también en función de razones históricas, de tradiciones que vienen de largo y también de razones institucionales.
La cuestión en mi opinión no es tanto el número como la cohesión interna de esos partidos. O sea, que tengan referentes ideológicos y programáticos claros, y que no sean partidos que cambian, que hoy deciden que están a favor del libre mercado y luego resultan tremendamente estatistas, o que están a favor del aborto y mañana son totalmente antiabortistas, cosas así. Tienen que tener una posición ideológica y tienen que tener unos cuadros políticos comprometidos y no personas que hoy están en el partido A y mañana en el partido B y luego en el partido C.
Yo creo que si se salvan estos dos elementos, poco importa que tengamos 10 partidos políticos o solo dos.


ENS: El otro lado es sobre cómo incentivar la participación de los ciudadanos…
MA: Ahí hay dos niveles muy distintos. Uno es el nivel diríamos cultural, social, que se aprende desde niños y que eso es estimular a los niños a participar en consejos escolares en el colegio o en la universidad, establecer una cultura de responsabilidad y una cultura de pensar que el problema de mi clase cuando yo tengo 10 años también es problema mío y yo tengo que implicarme en determinadas soluciones.
También hay la posibilidad de abrir espacios institucionales para que la gente participe más.


Seminario Internacional de Partidos Políticos y Ley estaturaia


El profesor Alcántara participó junto a otros expertos europeos y americanos en un certamen académico para analizar los avances de la Ley Estatutaria, realizado en Bogotá por convocatoria del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud), el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (Idea Internacional) y el Instituto Holandés para la Democracia Multipartidista (Nimd), con el apoyo de la Agencia Sueca de Desarrollo Internacional (Asdi) y que se replicará en Cartagena, Pasto y Bucaramanga.
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